BASES PROMOCIÓN “Contesta a la encuesta y Gana  1 lote de productos Meritene® con diferentes sabores.

NESTLE ESPAÑA S.A.U., (en adelante Nestlé), domiciliada en Esplugues de Llobregat (Barcelona), C/ Clara Campoamor nº 2, y con N.I.F. A-08005449, realizará una promoción de ámbito nacional en la que se sorteará 1 lote de producto Meritene® Fuerza y Vitalidad.

La promoción se regirá por las siguientes bases: 

BASES


Primera: Duración de la promoción.- El periodo promocional empezará el 17 de Marzo de 2025  y finalizará el día 31 de Marzo de 2025 


Segunda: Ámbito geográfico.- La promoción será de ámbito nacional.


Tercera: Ámbito personal.- Tendrán derecho a participar en el sorteo todas aquellas personas, mayores de edad, con residencia en España que tengan una cuenta de Instagram en España. 


Cuarta: Premio y asignación del premio.- Se sorteará 1 lote de productos Meritene®, Que contiene: 

1. Un (1) pack de 6 Meritene® Drink Vainilla

2. Un (1) pack de 6 Meritene® Drink Choco

3. Un (1) estuche de 15 sobres Meritene® polvo de chocolate

4. Un (1) estuche de 15 sobres Meritene® polvo de vainilla

5. Un (1) estuche de 15 sobres Meritene® polvo de fresa

6. Un (1)  estuche de 15 sobres Meritene® polvo de café

 

Nestlé se reserva el derecho a sustituir el premio por otro análogo de mismo o superior valor en caso de fuerza mayor.

El premio se adjudicará mediante un sorteo que se realizará mediante la aplicación Easypromos, el 1 de abril de 2025. 

Tras adjudicar aleatoriamente al ganador, se designará, asimismo, una (1) reserva para el caso de que  el premiado no cumpliera los requisitos de estas bases para la obtención del premio o renuncie al mismo. 

El resultado se comunicará personalmente al agraciado por Nestlé mediante correo electrónico, comunicándole que ha resultado ganador y solicitándole la dirección postal de envío del lote. 

 

El participante deberá proporcionar a Nestlé, al participar en la promoción, datos de contacto veraces, actualizados y funcionales. Dichos datos serán utilizados para hacer llegar a dicho participante toda comunicación que fuera necesario comunicar en relación con la promoción, incluyendo –en su caso- la designación de dicho participante como ganador. La no recepción por parte del ganador de los mensajes dirigidos a su medio de contacto elegido, sea cual fuera la causa, eximirá a Nestlé de cualquier responsabilidad al respecto, no teniendo ésta ninguna obligación de utilizar medios de notificación alternativos. Esto es: Nestlé cumplirá con su obligación de buena fe enviando todas las comunicaciones al medio de contacto elegido por el participante, y éste se compromete a verificar el correcto funcionamiento del mismo (incluyendo la comprobación periódica de la bandeja de “correo basura”, en su caso). La falsedad o la falta de alguno de los datos obligatorios podrán motivar la exclusión de dicho participante de la promoción.
En ningún caso podrá sustituirse el premio por otro premio, ni podrá cederse a otra persona distinta de la persona ganadora a petición de ésta.

Nestlé se reserva el derecho de que el premio quede desierto en el caso de que ni el participante agraciado ni la reserva cumplan los requisitos citados en estas bases.


Quinta: Mecánica de la promoción.– Nestlé enviará un correo a su base de datos con una encuesta de 3 preguntas y la mecánica de la promoción, en el que se incluirá un enlace a estas bases. Para participar en el sorteo, los participantes deberán responder  la encuesta relacionada con el vídeo publicitario de Meritene Fuerza y Vitalidad respondiendo directamente en el enlace del correo electrónico que redirige a la encuesta. Al hacerlo, obtendrán automáticamente una participación en el sorteo. 


Los usuarios podrán participar en la promoción, durante el periodo promocional, de la siguiente manera: contestar a la encuesta enviada.
Sexta: Difusión de la promoción. - La promoción se difundirá via newsletter enviada a base de clientes Meritene® 


Séptima: Fiscalidad.- A los premios de la presente promoción, les resultará de aplicación la normativa vigente del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante, IRPF) en materia de premios que se entreguen como consecuencia de la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios. 


De conformidad con lo anterior, los premios concedidos están sujetos a retención o ingreso a cuenta de IRPF siempre que el valor del premio (incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido) sea superior a 300 Euros, por lo que, en su caso, corresponderá a la entidad Nestlé España, S.A.U. la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente. 


Asimismo, el participante ganador deberá firmar en todo caso un escrito justificativo de la recepción del premio, al recibir el mismo y entregar fotocopia de su DNI. La ausencia de cualquiera de dichos datos supondrá la pérdida del derecho al premio obtenido. 


Octava: Tratamiento de datos personales. Los participantes en la promoción consienten inequívocamente que, en caso de resultar ganadores, sus datos personales (nombre y apellidos) puedan ser comunicados a terceros mediante su difusión a través de los medios que Nestlé estime más convenientes. 


Los datos de carácter personal de los participantes en esta promoción serán tratados dando estricto cumplimiento a lo establecido en el Reglamento (UE) 2019/679, de 27 de abril de 2016, general de protección de datos (“RGPD”) así como a la legislación nacional aplicable en el momento de la promoción. 


Novena: Causas de descalificación de un participante de la promoción. Esta promoción se organiza con la pretensión de incentivar y fomentar la participación de todos los consumidores, premiando la fidelidad en condiciones de igualdad y con estricto respeto al principio general de la Buena Fe. Por ese motivo, Nestlé excluirá automática e inmediatamente de la misma a cualquier participante que transgreda las normas de la buena fe, observe una conducta mendaz o inadecuada, emplee medios fraudulentos o incumpla estas bases en cualquiera de sus extremos. 


En cualquier caso, con carácter enunciativo pero no limitativo, y en aquello que resulte de aplicación, se excluirá a cualquier participante de la promoción en los siguientes casos: 


1. Empleo de vías, sistemas o dispositivos para dispositivos para alterar el sistema de votaciones, como la compra de votos, o la introducción automatizada de datos o códigos. La mera sospecha de que un participante está utilizando cualquier sistema automatizado para la introducción masiva o repetitiva de los datos o códigos necesarios para participar en la promoción, dará lugar a la exclusión inmediata de todas sus participaciones y le inhabilitará para recibir cualquier premio, sin que sea necesario comunicárselo. 


2. Introducción de datos personales inexactos, erróneos, no coincidentes o falsos. La constatación de que un participante ha introducido datos personales inexactos, alterados o falsos, dará lugar a la exclusión inmediata de todas sus participaciones en la promoción, y le inhabilitará para recibir cualquier premio, sin que sea necesario comunicárselo. 


3. De igual modo, cualquier anomalía atribuible a un participante que impida, altere o perturbe el normal desarrollo de la promoción, que afecte o perjudique a cualquier otro participante, que pueda falsear los datos de participación, comprometa la seguridad o la fiabilidad de los sistemas técnicos utilizados para su desarrollo, o que contravenga, de algún otro modo las presentes bases, dará derecho a Nestlé a excluir unilateral e inmediatamente a dicho participante y a dar cuenta de los hechos a las autoridades competentes. 


En caso de que las irregularidades, o cualesquiera otras, se detecten con posterioridad a la entrega efectiva de alguno de los premios, Nestlé se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales pertinentes contra su autor o responsable, entre otras, las tendentes a la devolución de los premios. 


Décima: aceptación de las bases.- La participación en la promoción implica la aceptación de las presentes bases por las interesadas.